jueves, 20 de agosto de 2009

Obligaciones Legales de las Empresas. Su importancia

Tradicionalmente las empresas en Venezuela comienzan a funcionar en el mundo comercial y empresarial, sin estar legalmente constituidas, es decir, operan de hecho más no de derecho, actúan como sociedades irregulares, cumplen vagamente con sus obligaciones, y no cancelan al Estado venezolano los respectivos tributos y aranceles judiciales. La Hacienda Pública Nacional en los últimos años, viene reflejando déficit fiscal, lo que ha imposibilitado que el Ejecutivo Nacional cumpla cabalmente con el gasto público y por ende con la satisfacción de las necesidades colectivas.

Las obligaciones legales de las empresas, se encuentran previstas en la extensa legislación venezolana y se dividen en dos grupos. En primer lugar, se presentan las obligaciones iniciales, que son aquellas que debe cumplir todo comerciante antes de comenzar a realizar actos de comercio y, en segundo lugar, se presentan las obligaciones sobrevenidas, es decir, aquellas que surgen a lo largo de la vida del comerciante.

Entre las obligaciones iniciales de los comerciantes podemos citar las previstas en el Código de Comercio Venezolano vigente:
El Código de Comercio prescribe como obligación inicial para el comerciante, efectuar el registro del documento constitutivo, bien sea del comerciante individual o del comerciante social ante el Registro Mercantil respectivo. En este sentido, el artículo 17 del citado Código establece “En la secretaría de los
Tribunales de Comercio se llevará un registro en que los comerciantes harán asentar todos los documentos que según este código deban anotarse en el Registro de Comercio”. Vale la pena señalar que el Registro posee dos formas
de organización: una en la cual el registro está adscrito a un tribunal en cuyo caso es el secretario del tribunal quien ejerce las funciones de registrador; y otra mediante una oficina separada como existe en la actualidad, tal como constatar funcionan en todos los estados del país. Particularmente en el estado Mérida encontramos el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, y El Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la Ciudad de El Vigía.


Como segunda obligación legal de los comerciantes encontramos la Contabilidad Mercantil, actividad estrechamente ligada al campo de la administración. La contabilidad mercantil, es el registro sistemático y ordenado de las operaciones diarias realizadas por el comerciante, mediante un procedimiento técnico contable que le permita conocer al comerciante la
situación económica y financiera de la empresa.

La contabilidad es necesaria para que el comerciante conozca en cada instante la situación activa y pasiva de su comercio en relación a sus proveedores, clientes, banqueros, etc. Debe conocer, también el grado de exigibilidad de su pasivo y el grado de disponibilidad de su activo, que puede ser muy distinto del valor real de dicho activo. También debe conocer los resultados
anuales de su explotación, o sea las ganancias y pérdidas. Por otra parte, la contabilidad interesa desde el aspecto fiscal.

los comerciantes deben llevar tres libros obligatorios en los cuales harán asentar sus operaciones diarias, para registrar la actividad económica durante un periodo de tiempo. Establece el artículo 32: “Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá obligatoriamente el Libro Diario, el Libro Mayor y el de Inventarios. Podrá llevar además, todos los libros auxiliares que estimare conveniente para el mayor orden y claridad de sus operaciones”.

Las sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones iniciales del comerciante, se encuentran establecidas en algunos casos en el Código de Comercio, en otros en el recientemente modificado Código Orgánico Tributario, así como también en la Ley de Impuesto Sobre la Renta, en que se establecen sanciones que van desde las multas, hasta sanciones con penas privativas de libertad. Existen varios tipos de sanciones:
Sanciones en relación al registro de comercio, Sanciones al incumplimiento de la contabilidad mercantil, Sanciones al incumplimiento de la publicaion del documento constitutivo.



Entre las Obligaciones Sobrevenidas tenemos:
a) Obligaciones legales derivadas de la relación de trabajo, relacionadas con: la contratación de personal; el salario; retenciones al salario; vacaciones de los trabajadores; participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa; finalización de la relación de trabajo; la prestación de la antigüedad.
b) Obligaciones legales en al ámbito tributario: la identificación tributaria; principales tributos que afectan la actividad de las empresas (el impuesto sobre la renta, las retenciones de impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado, el impuesto al débito bancario, impuestos municipales).

Entre las Sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones sobrevenidas de las empresas derivadas de la relación de trabajo tenemos: Sanciones en cuanto a la contratacion del personal, Sanciones en relación al salario, Sanciones en relación a las vacaciones, Sanciones en relación a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.

Parte de la información o análisis que debe efectuar el administrador al momento de tomar decisiones consiste en conocer la legislación venezolana, que regula seguramente el curso de acción o la alternativa que en todo caso se va a seleccionar, con la finalidad de que la decisión tomada además de cumplir con los lineamientos administrativos existentes, se encuentre acorde al ordenamiento jurídico nacional. De esta manera, el administrador puede garantizar el logro de las metas y la fluidez de la norma, en caso contrario, si las decisiones tomadas no se encuentran apegadas a la ley, probablemente le ocasionara a la empresa pérdida de tiempo y dinero.

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